Finalmente, las empresas de mediación de seguros con menos de 250 empleados, no se verán afectadas por la normativa DORA (Reglamento de Resiliencia Operativa Digital) aprobada por el Parlamento Europeo en sesión plenaria y que, en la propuesta inicial, no establecía diferencia alguna para su cumplimiento entre mediadores y las pequeñas y grandes corredurías de seguros.
¿Qué es la normativa DORA?
En el año 2020 la UE estableció un reglamento para regular la forma en que las empresas del sector financiero gestionan su riesgo digital. Es el Reglamento de Resiliencia Operativa Digital, también conocido por el nombre de DORA y que, previsiblemente, se convertirá en ley en España a finales de este año.
A grandes rasgos, esta normativa revisa y actualiza los requisitos de riesgo de las tecnologías de la información y la comunicación en todo el sector financiero de la UE de forma homogénea, para que sea capaz de mantener operaciones resilientes en caso de una grave interrupción operativa y cómo recuperarse de ellas.
Enmiendas presentadas por el Consejo General de Mediadores y BIPAR
Hay que recordar que la normativa DORA en su texto inicial establecía un total de 120 requisitos relacionados con la seguridad digital así como con procesos administrativos de información y control, y que éstas exigencias serían de obligado cumplimiento para todos los mediadores y corredores de seguros independientemente de su tamaño, volumen de negocio o responsabilidad empresarial.
La modificación de la normativa NORA se consigue tras la aprobación de las enmiendas propuestas por el Consejo General de Mediadores, a través de la Federación Europea de Intermediarios de Seguros ( BIPAR) consiguiendo evitar, esta vez sí, que unas normas jurídicas pensadas para el sector financiero se extiendan a la mediación española sin importar su realidad empresarial.